RPAC: cómo inscribirse en el Registro Público de Administradores de la Provincia de Buenos Aires
El RPAC es el registro provincial obligatorio para administradores de consorcios en PBA. Te explicamos paso a paso cómo inscribirte, renovar y mantener tu matrícula vigente.
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El RPAC (Registro Público de Administradores de Consorcios) es el registro provincial creado por la Ley 14.701 de la Provincia de Buenos Aires que regula la actividad de los administradores de consorcios de propiedad horizontal en el territorio bonaerense. Es obligatorio para todo administrador, profesional o consejo de copropietarios que perciba honorarios por administrar un edificio en PBA.
El RPAC depende del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la PBA y su trámite se realiza 100% online a través del portal oficial.
Quiénes deben inscribirse
- Personas físicas que administren uno o más consorcios en PBA cobrando honorarios.
- Personas jurídicas (estudios, sociedades, SAS) que ofrezcan el servicio de administración.
- Consejos de propietarios autoadministrados, cuando alguno de sus miembros perciba honorarios por la tarea.
Quedan exentos los consejos puramente honoríficos (que no cobran honorarios) y los administradores designados gratuitamente.
Requisitos para inscribirse en el RPAC
El trámite requiere:
- DNI y CUIT vigentes.
- Constancia de inscripción en AFIP/ARCA como autónomo, monotributista o responsable inscripto.
- Domicilio constituido en PBA (puede ser el del estudio).
- Certificado de antecedentes penales vigente.
- Constancia de aprobación del curso de capacitación dictado por instituciones reconocidas por el RPAC.
- Para personas jurídicas: estatuto societario y designación de autoridades.
Cómo es el trámite paso a paso
- Crear cuenta en el portal RPAC PBA con CUIL/CUIT y validación AFIP.
- Cargar la documentación digital en PDF y los datos personales.
- Pagar la tasa anual vía Boleta Única (montos actualizados cada año).
- Esperar la verificación administrativa (suele tomar de 15 a 30 días hábiles).
- Recibir la matrícula RPAC, que se incluye en todos los recibos de expensas y en la correspondencia oficial del administrador.
Renovación y obligaciones anuales
El RPAC se renueva anualmente. Cada año hay que:
- Pagar la tasa de renovación.
- Presentar la DDJJ con la nómina de consorcios administrados.
- Acreditar capacitación continua (horas mínimas según la regulación vigente).
- Actualizar antecedentes penales si los hubo.
Adminia Manager genera la DDJJ de consorcios administrados con un click desde el panel del administrador.
Sanciones por no estar inscripto
Administrar sin RPAC en PBA expone al administrador a multas, inhabilitación temporal y eventualmente penal por ejercicio ilegal de la actividad. Además, los consorcios pueden impugnar la designación del administrador no matriculado y los recibos de expensas firmados podrían perder validez ejecutiva.
Preguntas frecuentes
¿El RPAC reemplaza al registro de CABA?
No. CABA tiene su propio Registro Público de Administradores (RPA) por Ley 941. Si administrás en ambas jurisdicciones, necesitás las dos inscripciones.
¿Sirve el RPAC para administrar en otras provincias?
No. Cada provincia tiene su régimen. Hoy las más estructuradas son CABA (Ley 941), PBA (RPAC) y Córdoba (Ley 10.422).
¿Cuánto cuesta inscribirse en el RPAC?
La tasa cambia cada año; consultá el monto vigente en el portal RPAC PBA. La renovación anual es más económica que la inscripción inicial.
¿Puedo administrar un consorcio en PBA si estoy inscripto solo en CABA?
No. Para cobrar honorarios por administrar en PBA necesitás RPAC vigente, aunque tengas la matrícula porteña.